Ley 257 - Fachadas
Normativa
La Ley 257/99 de Conservación de Fachadas, establece la obligación para los propietarios de inmuebles ubicados en la C.A.B.A., de mantener en buen estado las fachadas de los mismos. Los elementos incluídos son balcones, balaustradas, ménsulas, saledizos, carteles, marquesinas, maceteros, mampostería, revestimientos, cornisas, antepechos y cerramientos, que puedan producir desprendimientos con riesgo de daño para la integridad física y/o bienes de terceros. Se deben realizar los trabajos de prevención para evitar accidentes, conservando el buen estado de los elementos estructurales y ornamentales de la fachada. El cumplimiento de la ley, impone la confección y presentación de un Informe Técnico y un Certificado de Conservación, por profesional debidamente habilitado, ante la Agencia Gubernamental de Control, con una perioricidad en función de la antigüedad del inmueble.